<
Google

martes, 7 de noviembre de 2006

¿Por qué una Asamblea Nacional Constituyente?

La principal propuesta de la campaña presidencial del Ec. Rafael Correa es la convocatoria a una Asamblea Constituyente de <<plenos poderes>> cuyo objetivo fundamental es realizar una reforma a varias leyes de la actual Constitución o probablemente promulgar una nueva Carta Política. El candidato y miembros del partido Alianza País en la primera vuelta electoral no tenían muy claros los procedimientos para poder constituir una Asamblea sino que se limitaron a abanderar esta idea a los ecuatorianos omitiendo los procesos constitucionales a los que se deben sujetar para su convocatoria y sin un análisis serio de sus efectos en la institucionalidad y en la democracia. Debido a que su mensaje esperanzador caló en miles de ecuatorianos, el Ec. Correa comenzó o trató de explicar el procedimiento para que la Asamblea sea una realidad durante su gobierno, pero el punto de discordia dentro de su movimiento es que algunos quieren una Asamblea de plenos poderes políticos y jurídicos mientras que el resto proponen ahora un escenario moderado sujetos a lo que la Constitución señala.
De acuerdo con el Art. 280 de la Constitución Política del Estado, la misma puede ser reformada solamente por el Congreso Nacional o mediante una consulta popular. El Art. 283 señala que el Presidente de la República, en los casos de urgencia, calificados previamente por el Congreso Nacional con el voto de la mayoría de sus integrantes, podrá someter a consulta popular la aprobación de reformas constitucionales. . El Art. 104 indica que el Presidente podrá convocar a consulta popular para 1) Reformar la Constitución, según lo previsto en el Art.283; y, 2) Cuando a su juicio, se trata de cuestiones de trascedental importancia para el país...
Es decir, que el Presidente de la República tiene dos mecanismos legales para realizar reformas constitucionales sin la necesidad de una Asamblea.
Es muy cierto, que el grado de confianza en el Congreso Nacional bordea el 5% y que más del 90% no cree en la palabra de los diputados salientes pero, ¿Por qué se pretende violar expresamente el Art. 126 que señala que los diputados desempeñarán sus funciones por el periodo de cuatro años?, ¿Cuál sería la reacción de los ciudadanos que si votaron por diputados?, ¿Por qué no se le da una oportunidad a estos nuevos diputados?, ¿Por qué el nuevo gobierno (cualesquiera que sea) no le pone un plazo a los nuevos diputados para que realice las reformas constitucionales necesarias antes de conformar una Asamblea?
¿Cuál sería el mecanismo para instalar la Asamblea que propone el Ec. Correa?, ¿Por qué hay un afán de que ésta sea de plenos poderes?, ¿Qué alcance tendrían sus decisiones en la sociedad?
El Ec. Rafael Correa ha manifestado que el día que se posesione como nuevo presidente convocará a una Consulta Popular para preguntarles a los ecuatorianos si están de acuerdo en que se instale un Asamblea Nacional Constituyente de plenos poderes. La diferencia entre la Asamblea de 1998 con la nueva Asamblea radica en sus atribuciones y campo de acción.
Una Asamblea de -plenos poderes- significa que podrían expedir una nueva Constitución para la República con las leyes que a su criterio mejor les pareciece, con leyes que reformarían los principios fundamentales del Ecuador, los deberes y responsabilidades de los ciudadanos, los derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales, colectivos, las garantías de los derechos, la función pública, las instituciones del Estado, los tratados y convenios internacionales y el sistema económico.
¿Quién nos garantiza que no se elabore una nueva Carta negra al estilo del garcianismo?, ¿Quién nos garantiza que algunos iluminados coaccionen nuestros derechos a la vida, libertad y propiedad privada? ¿Quién nos garantiza que la poca riqueza del país la eliminen o se la consuman por mantener conceptos e ideas socialistas?, ¿Quién nos garantiza que no suceda el mismo proceso político-social de la República de Venezuela y Bolivia ?, ¿Quién nos garantiza que no confundan el concepto de igualdad con el de libertad?, ¿Quién nos garantiza que la libertad de expresión no sea ultrajada?, ¿Quién nos garantiza que se no se incremente más el robo legal (impuestos)?, ¿Quién nos garantiza que la economía se vuelva más paternalista y volvamos al concepto del Estado benefactor a ultranza?, ¿Quién nos garantiza que si no hay buenos resultados de su gobierno no se vuelva a reelegir por cuatro años más?, ¿Quién nos garantiza que el populismo velasquista no florezca de nuevo?
Una reforma política integral y varias reformas económicas basadas en libertad son necesarias para que el Ecuador crezca a tasas sostenibles en el largo plazo, pero el diálogo, el consenso y la sensatez deben primar en el nuevo Congreso para poder lograr acuerdos de gobernalidad duraderos y que el nuevo gobierno sea la excepción en la historia política republicana la cual se ha caracterizado por vivir en escenarios de revueltas populares, dictaduras, asambleas constituyentes con deciones sesgadas, presidencias cortas, luchas de grupos de poder entre serranos y costeños, liderazgos populistas y de demagogos, un irrespeto a las instituciones, violación al derecho a la vida, a la libertad de producir libremente, a la propiedad privada y a la Constitución Política.

Etiquetas: , , , ,

<$BlogItemComentariosCount$> Comentarios:

At <$BlogComentariosDateTime$>, <$BlogComentariosAuthor$> said...

<$BlogCommentsBody$>

<$BlogCommDeleteIcon$>

Publicar un comentario

<< Home

© 2006 – 2009. Gaceta Económica Ecuador. Todos los derechos reservados.