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jueves, 10 de julio de 2008

El blindaje de la ilegalidad

La Asamblea Nacional Constituyente expidió el mandato No.13 en el cual se respalda totalmente la acción emprendida por la AGD contra el grupo Isaías y se consolida una vez más el estado de ilegalidad y constante violación de los derechos ciudadanos.
Los hermanos Isaías únicamente pueden ser declarados culpables o inocentes después que un juez haya dictado una sentencia mientras tanto la presunción de su inocencia prevalece ante todo.
Si el gobierno tiene los documentos que comprueban la culpabilidad de los señores Isaías era que procediera bajo derecho y respetando la Constitución vigente. La AGD con la resolución AGD-UIO-GG-2008-12 se ha arrogado funciones que no le compete al iniciar la incautación sin antes haber una sentencia condenatoria. ¿Será que el presidente de la AGD tiene conflicto de intereses con el grupo Isaías y actuó apresuradamente? La Asamblea con este nuevo mandato ha creado un blindaje de la ilegalidad ya que el mismo no es susceptible de cualquier acción de amparo constitucional y el juez o magistrado que conozca la causa será sujeto de destitución del cargo y un posible enjuiciamiento penal si fuese necesario. La disposición final del mandato reza así:” El presente Mandato es de obligatorio cumplimiento y en tal virtud, no será susceptible de queja, impugnación, acción de amparo, demanda, reclamo, criterio o pronunciamiento administrativo o judicial alguno y entrara en vigencia en forma inmediata, sin perjuicio de su publicación en la Gaceta Constitucional y/o en el Registro Oficial…”
La Junta Bancaria conocía desde el mes de marzo el informe elaborado por la empresa Deloitte & Touche en el año 2001, en el cual se establecía pérdidas por valor de 661,5 millones de dólares de Filanbanco, antes de ser intervenido por el Estado. Pero, dicho documento no es una auditoría. El economista Miguel Dávila Castillo, ex Gerente del Banco Central, señala (en el oficio SB-2556-99 de 5 de agosto de 1999) que el banco Filanbanco canceló el saldo pendiente del préstamo concedido con cargo al articulo 26 del Régimen Monetario y Banco del Estado del día 26 de julio de 1999.
Si la ciudadanía acepta el reciente mandato de la Asamblea como algo justo, entonces estaremos justificando la arrogación de funciones que no le competen a este organismo. La Constitución es la norma máxima que está por encima de cualquier mandato y que debe ser cumplida sin ningún tipo de excusas. No es ser una persona con mala fe o un ignorante el no respaldar la incautación sino que la defensa del Estado de Derecho y la Constitución es primero que una retaliación política.
Todos los ciudadanos anhelamos y soñamos que la justicia sea impartida a todos por igual, pero a cada uno de los ciudadanos se les debe garantizar su derecho a la legítima defensa y después y solo después de su juzgamiento emprender alguna acción. Debemos estar vigilantes para que el caso Isaías no sea el marketing preelectoral para ganar más adeptos a la tesis socialista y el SI triunfe sobre el NO.

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